El Pleno de Barbastro actualiza las ordenanzas de Convivencia y Movilidad y la revisión de las tarifas del agua

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El Ayuntamiento de Barbastro ha aprobado, este 29 de septiembre y en sesión ordinaria de Pleno, la actualización de las ordenanzas de Convivencia Ciudadana y Movilidad y Seguridad Vial. Las modificaciones se han aprobado por unanimidad. 

En el caso de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana, la modificación se planteaba para adaptar la regulación municipal a las nuevas circunstancias sociales, urbanas y tecnológicas de la ciudad. El nuevo texto amplía y actualiza la regulación relativa al uso de los espacios públicos, el mobiliario urbano, la problemática derivada de las  pintadas, la colocación de carteles y publicidad, el uso de zonas verdes, los juegos en el espacio público y, también, la utilización de aeronaves no tripuladas. También incorpora normas sobre residuos, contaminación acústica, consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos, necesidades fisiológicas y tenencia y control de animales. El cambio actualiza también el régimen sancionador, que clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves y establece una graduación específica de las cuantías.

Las infracciones leves parten de una sanción de 100 euros. En caso de primera reincidencia, la cuantía se incrementa un 25 %, hasta los 125 euros; en una segunda reincidencia alcanza los 150 euros, y a partir de la tercera denuncia por los mismos hechos se aplica la cuantía máxima prevista para estas infracciones, de 300 euros. Entre las conductas tipificadas como leves figuran, entre otras, colocar carteles o publicidad fuera de los lugares habilitados, determinadas conductas en zonas verdes o fuentes públicas, realizar trabajos domésticos ruidosos entre las 22.00 y las 8.00 horas, consumir bebidas alcohólicas en espacios públicos cuando no concurran las circunstancias que convierten la conducta en grave, no recoger los excrementos de los animales en la vía pública o incumplir la obligación de llevar a los perros con correa.

Las infracciones graves tienen una cuantía inicial de 301 euros, que pasa a 376,25 euros en la primera reincidencia y a 451,50 euros en la segunda. A partir de la tercera denuncia por los mismos hechos, la sanción alcanza los 1.500 euros.

Entre las conductas consideradas graves se encuentran abandonar muebles u objetos en la vía pública sin autorización, dañar o utilizar indebidamente el mobiliario urbano, causar daños en árboles y plantas, incumplir determinadas obligaciones de limpieza, pintar o ensuciar fachadas o espacios públicos sin autorización, realizar necesidades fisiológicas en la vía pública, los comportamientos discriminatorios o contra la dignidad de las personas, determinadas conductas relacionadas con animales, perturbar gravemente el orden público o el descanso nocturno y determinados usos no autorizados de la vía pública. Las infracciones muy graves parten de 1.500,01 euros. La primera reincidencia eleva la cuantía hasta 1.875,01 euros, la segunda hasta 2.250,02 euros y, a partir de la tercera denuncia por los mismos hechos, la sanción puede alcanzar los 3.000 euros. Entre los supuestos muy graves figuran la organización de espectáculos públicos sin autorización municipal, la celebración de espectáculos prohibidos, el deterioro grave de espacios públicos o sus instalaciones, el funcionamiento de un garito o peña sin autorización, el impedimento grave del funcionamiento de un servicio público, determinados usos de armas en espacios públicos, el abandono de animales en condiciones que pongan en peligro su vida o a terceros y el encendido de fuego sin autorización cuando genere un riesgo grave. La ordenanza establece además que dos infracciones leves cometidas en un periodo de un año pueden constituir una infracción grave, y que dos infracciones graves en el mismo periodo pueden constituir una infracción muy grave. La gradación tiene en cuenta, entre otros factores, la gravedad de los hechos, la intencionalidad, los perjuicios causados, la reincidencia o reiteración, el riesgo para la salud, el beneficio económico obtenido y la eventual obstaculización de la labor inspectora. La ordenanza considera reincidencia la comisión, en el plazo de un año, de más de una infracción incluida en el mismo capítulo y declarada mediante resolución firme. El sistema incorpora también alternativas a la sanción económica. El Ayuntamiento podrá sustituir la multa, con el consentimiento previo de la persona interesada y cuando la normativa lo permita, por sesiones formativas sobre convivencia y civismo, participación en actividades cívicas o trabajos en beneficio de la comunidad. Estas medidas podrán desarrollarse incluso a través de entidades sin ánimo de lucro con las que el Ayuntamiento haya suscrito convenio. Asimismo, antes de la resolución sancionadora, la persona expedientada podrá solicitar una fórmula de terminación convencional mediante trabajos o labores para la comunidad, adecuados y proporcionados a la gravedad de la infracción. La ordenanza contempla también la mediación como alternativa al procedimiento sancionador en determinados supuestos. 

El texto establece además un descuento del 50 % para quienes reconozcan su responsabilidad y abonen la sanción dentro del plazo de 20 días hábiles desde el día siguiente a la notificación de la propuesta de resolución. El texto se someterá, tras su aprobación inicial, a un periodo de información pública de 30 días.

El Alcalde de Barbastro, Fernando Torres, destaca que la actualización busca disponer de “una herramienta moderna y eficaz para garantizar la convivencia y el adecuado uso de los espacios públicos”: “No se trata únicamente de endurecer las sanciones, sino de actualizar toda la ordenanza y hacer que sea una herramienta útil. Hay conductas que afectan al conjunto de la ciudadanía y que requieren una respuesta clara. Al mismo tiempo, incorporamos medidas educativas, trabajos en beneficio de la comunidad y fórmulas de mediación, porque el objetivo último es corregir las conductas y mejorar la convivencia”.

Ordenanza de Movilidad

La sesión plenaria ha permitido también aprobar de manera unánime la modificación de la Ordenanza Municipal de Movilidad y Seguridad Vial, texto que regula de manera integral la movilidad urbana, las áreas de prioridad peatonal, las zonas 30, los caminos escolares seguros, las bicicletas, los vehículos de movilidad personal y los servicios de movilidad compartida, además de establecer normas específicas para motocicletas, ciclomotores, estacionamiento y circulación. Entre las novedades relativas a los vehículos de movilidad personal (VMP) se establece una edad mínima de 15 años para su conducción y la obligación de utilizar durante toda la circulación casco homologado y chaleco reflectante, con independencia de la edad, la hora del día o las condiciones de luminosidad. Los VMP deberán circular por la calzada o por las vías específicamente autorizadas y no podrán hacerlo por las aceras salvo autorización expresa. La nueva regulación establece además la obligación de disponer de seguro de responsabilidad civil, cuyo incumplimiento podrá llevar aparejada la inmovilización del vehículo, y prohíbe el uso de teléfonos móviles y auriculares durante la conducción.

La ordenanza incorpora asimismo la regulación de las zonas 30, con una velocidad máxima de 30 km/h; las calles residenciales o zonas de encuentro, donde la velocidad máxima será de 20 km/h; las calles peatonales, con carácter general limitadas al tráfico motorizado; y los itinerarios escolares seguros, en los que podrán establecerse medidas específicas de circulación y estacionamiento. También se contempla la regulación de las denominadas zonas ‘Beso y Adiós’, destinadas a facilitar la parada puntual vinculada a la entrada y salida de los centros educativos.

“Necesitamos que las normas de movilidad respondan a la ciudad que tenemos hoy y a las nuevas formas de desplazamiento. Por eso, la ordenanza incorpora los vehículos de movilidad personal, refuerza la protección de los peatones y regula espacios como las zonas 30 y los entornos escolares, buscando una convivencia más ordenada entre los distintos usuarios de la vía pública”, detalla el Alcalde Fernando Torres.

Actualización de las tarifas del agua para 2027

La sesión ha permitido también aprobar la modificación de las ordenanzas que regulan el abastecimiento de agua para el ejercicio 2027 mediante la validación de dos expedientes relacionados con el servicio: la modificación de la Ordenanza Fiscal número 21 y la modificación de la ordenanza reguladora de la prestación patrimonial pública no tributaria correspondiente al servicio de abastecimiento en el núcleo principal de Barbastro. La propuesta actualiza las tarifas del servicio conforme al criterio de actualización aplicado en ejercicios anteriores y vinculado al IPC.

De este modo, y para el uso doméstico, en el núcleo principal se establece una cuota fija de explotación de 8,26 euros por cuatrimestre, una cuota hidráulica de 5,29 euros por cuatrimestre y una tarifa por consumo de 0,51 euros/m³ hasta 60 m³, 0,58 euros/m³ entre 61 y 120 m³ y 0,68 euros/m³ a partir de 120 m³. Se mantiene además una tarifa social de 0,51 euros/m³.

En los usos no domésticos, la cuota fija será de 16,95 euros por cuatrimestre y la cuota hidráulica de 10,89 euros, con tarifas de consumo de 0,51, 0,60 y 0,69 euros/m³ según los tramos establecidos. Para Cregenzán y Burceat, la propuesta fija una cuota mínima de 2,72 euros al mes hasta 10 m³ y una tarifa de 0,57 euros/m³ a partir de ese consumo.

El Pleno ha validado también la corrección de un error material detectado en la modificación de la ordenanza de agua correspondiente a 2026, en la que figuraba por error una tarifa de 2,55 euros/m³ cuando la cifra correcta es de 0,55 euros/m³.

Otros asuntos de la parte resolutiva

El orden del día ha permitido también aprobar las actas de las sesiones anteriores y varios expedientes económicos. Entre ellos figuraba el reconocimiento extrajudicial de créditos número 3/2026, correspondiente a gastos realizados en 2025, así como la ratificación de la resolución relativa a la rectificación de errores de la modificación presupuestaria número 11/2026. Igualmente, el Pleno ha fijado los festivos locales de Barbastro para 2027, que serán el 21 de junio y el 8 de septiembre. La sesión también ha permitido aprobar inicialmente el Reglamento del Archivo y de la Gestión de Documentos del Archivo Municipal, que establece la organización y funcionamiento del servicio de archivo, incluyendo la gestión de documentos electrónicos y el acceso y conservación de la documentación municipal. En la sesión también se sometía a consideración del Pleno la adhesión del Ayuntamiento al convenio para la Prestación Mutua de Soluciones Básicas de Administración Digital (PMSBAD), con la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, y la designación de la Diputación Provincial de Huesca para realizar los trámites correspondientes. Esta adhesión ha sido validada.

Actividad de control y propuestas de resolución

En la parte de control se ha dado cuenta de las resoluciones de Alcaldía y concejalías delegadas adoptadas desde la última sesión plenaria, así como de distintos informes económicos correspondientes al segundo trimestre de 2026: cumplimiento de los plazos de pago, periodo medio de pago a proveedores y ejecución trimestral del presupuesto.

También se ha dado cuenta de las modificaciones presupuestarias números 15/2026, de generación de créditos, y 17/2026, de transferencia de crédito, así como de las líneas fundamentales del Presupuesto municipal para 2027.

La sesión incluía también propuestas de resolución presentadas por los grupos municipales. El Grupo Municipal Socialista planteaba en una moción una moratoria para la instalación de plantas de biogás en el término municipal de Barbastro y otra en la que se exigía el refuerzo de frecuencias y la coordinación de horarios y transbordos en la línea de autobús Barbastro-Zaragoza. Estas dos mociones se han aprobado, ya que el grupo municipal del PP se ha abstenido. Otras cuatro mociones, éstas vinculadas a la situación de la Ciudad Autónoma de Ceuta, se han unificado en una única moción aprobada como institucional. 

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