El Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón y el Departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña han acordado renovar el convenio específico de colaboración para la asistencia sanitaria en urgencias y emergencias en los municipios limítrofes entre ambos territorios, en la zona de la Franja.
El acuerdo establece cómo actuar desde un punto de vista médico y asistencial cuando una de estas situaciones se produzca en alguno de los 80 municipios que forman parte de esta zona, 45 en Aragón y 35 en Cataluña. El convenio implica la participación y la movilización de los recursos asistenciales que tienen en la zona tanto el 061 Aragón como el Sistema de Emergencias Médicas (SEM) de Cataluña, así como las respectivas centrales de coordinación. En total, más de 37 vehículos de emergencias de ambas comunidades, a los que se pueden sumar, si se considera necesario por la magnitud de la emergencia, los helicópteros del 112.
Este nuevo convenio específico se enmarca en el Convenio marco suscrito el año 2005 entre los dos gobiernos con el fin de regular la coordinación en materia de asistencia sanitaria y actualiza uno anterior firmado el mismo año. El nuevo texto mejora alguno de los puntos incluidos en el convenio hasta ahora vigente: así, se incluyen y concretan las formas y vías de comunicación y coordinación entre el 061 CatSalut Respon y el SEM, por un lado, y el 061 Aragón, por el otro; se adapta el listado de localidades y municipios incluidos, y se actualizan los medios disponibles, que incluyen unidades de soporte básico y de soporte avanzado. Todo ello con la voluntad de seguir mejorando la atención de este tipo de demandas caracterizadas por la criticidad de la emergencia y las situaciones excepcionales.
Coordinación
En concreto, y entre otras disposiciones, el convenio establece que la coordinación de los recursos se efectuará por los centros de coordinadores de urgencias y emergencias de ambos territorios. Estos centros trabajarán en estrecha colaboración, siguiendo un protocolo de coordinación incluido en el nuevo convenio, con el objetivo de garantizar la activación del recurso necesario en el mínimo tiempo posible y la correcta gestión posterior de la alerta sanitaria.
Así pues, entre otros aspectos, este protocolo indica que, en caso de necesidad de traslado de la persona a un centro hospitalario, la elección de este se hará siempre de acuerdo con criterios médicos y que la gestión de este traslado corresponderá a la central de coordinación del territorio donde esté ubicado el hospital.
Este convenio específico, de una vigencia de cuatro años prorrogable por el mismo periodo, no modifica, sin embargo, las competencias en atención sanitaria que son propias de cada uno de los gobiernos.