Operación especial de tráfico para el puente de Mayo

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La festividad de ámbito nacional del lunes 1o de mayo, junto con el fin de semana que le precede, darán lugar a un periodo de descanso y ocio comprendido entre el viernes 28 de abril y el lunes 1 de mayo.

Este periodo festivo propiciará un importante movimiento de vehículos, por lo que la circulación por nuestras carreteras se verá incrementada con desplazamientos de largo y corto recorrido cuyos destinos principales serán:

 Zonas turísticas de costa y litoral, principalmente Levante.
 Zonas turísticas de montaña para actividades de camping y acampadas
 Segundas residencias

Por todo ello, la Dirección General de Tráfico pone en marcha una serie de medidas de regulación, ordenación y vigilancia del tráfico denominadas Operación Especial “1o de mayo – 2023”, para dar cobertura al gran número de desplazamientos que se producirán durante estos días, contando para ello con la máxima disponibilidad de sus medios humanos (Agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, personal funcionario de los Centros de Gestión de Tráfico, patrullas de Helicópteros y personal encargado del mantenimiento de equipos y de la instalación de medidas en carretera), con vistas a facilitar la movilidad y fluidez en las carreteras en que se prevén desplazamientos masivos de vehículos y velando por su Seguridad Vial.

Durante los días de la citada Operación se prevén quinientos noventa mil desplazamientos de vehículos por las carreteras de la Comunidad Autónoma de Aragón.

HORAS DE MAYOR INTENSIDAD DE TRÁFICO

Salida: viernes 28 de abril, de 16 a 21 horas sábado 29 de abril, de 9 a 14 horas

Regreso: lunes 1 de mayo, de 17 a 22 horas

La Resolución de la Dirección General de Tráfico de 23 de enero de 2023 (BOE de 27 de enero de 2023), por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2023, restringe, en determinados días y carreteras del territorio nacional, la circulación de vehículos de transporte de mercancías de más de 7.500 Kg de M.M.A., transporte de mercancías peligrosas, vehículos que precisan autorización especial para circular en razón de la carga que transportan, vehículos especiales y maquinaria de servicios automotriz-grúa de elevación.

En Aragón, se prohíbe la circulación de los siguientes tipos de vehículos en las fechas y horas indicadas:

Vehículos que precisan autorización complementaria de circulación, y Transporte de Mercancías Peligrosas y maquinaria de servicio automotriz, grúa de elevación, prohibida su circulación:

  •   Desde las 8:00 hasta las 15:00 horas del domingo 30 de abril.
  •   Desde las 8:00 hasta las 24:00 horas del lunes 1 de mayo.

    Dado que se prevé un gran desplazamiento de vehículos por toda la red de carreteras entre los días 28 de abril a 1 de mayo, se desaconseja la circulación indiscriminada de camiones de más de 7.500 kg de M.M.A., ya que, en función de las condiciones en que se desarrolle el tráfico, durante las horas en que está permitida la circulación de los vehículos afectados por las restricciones, se podrá espaciar su circulación, e incluso detenerla temporalmente, si las circunstancias lo aconsejan, de acuerdo con lo establecido al respecto en el artículo 39.2 del Reglamento General de Circulación.

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