Como consecuencia de la reciente sentencia del Tribunal Constitucional, pendiente todavía de su publicación, por la que se declara la nulidad en el método de cálculo del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana -conocido comúnmente como la plusvalía municipal-, el Ayuntamiento de Monzón ha suspendido la liquidación de este impuesto, a la espera de la reforma de su regulación en la Ley de Haciendas Locales.
El Tribunal Constitucional determina que no pueden revisarse las obligaciones tributarias devengadas por este impuesto que, a la fecha de dictarse la sentencia, 26 de octubre, sean firmes en vía administrativa. Es decir, según la sentencia, a los contribuyentes que, a dicha fecha de 26 de octubre, ya no se encuentren en plazo para la presentación de recursos de reposición –un mes desde que recibieron la notificación de la liquidación–, no les será posible recurrir ni solicitar la devolución de las liquidaciones no impugnadas antes de la citada fecha.
El Ayuntamiento de Monzón ya bonificaba al 95% (máximo permitido legalmente) este impuesto en el supuesto de transmisión por causa de muerte en favor de descendientes, ascendientes y cónyuges -herencia-, constituyendo la mayoría de los casos de devengo del impuesto.
La concejal de Hacienda, Marta Montaner, señala que “tras la noticia de la sentencia del Tribunal Constitucional, hemos suspendido automáticamente la liquidación de las plusvalías municipales en el Ayuntamiento de Monzón, que para nosotros suponía, en los últimos años, una media de ingresos de 200.000 euros anuales”.