“La sentencia de la Audiencia Nacional debe dejar el proyecto de Biscarrués en papel mojado”

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Una de las más recientes manifestaciones contra Biscarrués (Foto: Facebook Coordinadora Biscarrués Mallos de Riglos)

El proyecto  Biscarrués, que pretende levantar una presa y un embalse que alteraría la ecología del río Gállego, afluente del Ebro, debe considerarse papel mojado. En una sentencia notificada ayer, la Audiencia Nacional tumba el anteproyecto y la declaración de impacto ambiental que sustenta la construcción de esta infraestructura hidráulica en la provincia de Huesca, actualmente en trámite de información pública.

Así lo estiman los colectivos que recurrieron Biscarrués ante la Justicia: la coordinadora Biscuarrués-Mallos de Riglos, los ayuntamientos de Biscarrués, Murillo de Gállego y Santa Eulalia de Gállego; y las ONG WWF, SEO/BirdLife, Greenpeace Ecologistas en Acción, Amigos de la Tierra. El de Biscarrués ha sido el primer caso en el que se personaban conjuntamente estas cinco organizaciones ecologistas.

El principal argumento esgrimido por la Audiencia Nacional es que, con este proyecto, el Gobierno de España incumple la Directiva Marco de Agua. Esta norma comunitaria, de aplicación en nuestro país desde 2000, obliga a prevenir el deterioro de todas las masas de agua de la Unión Europea y a mejorar su estado. A juicio del tribunal, esto no sucedería si se construye Biscarrués, ya que el río Gállego se vería modificado significativamente al dejar de ser un sistema de agua corriente para convertirse en un depósito.

Es más: la Audiencia Nacional afea al Estado español que, cuando se aprobó el anteproyecto de Biscarrués en 2012, nuestro país ya había incumplido la Directiva Marco del Agua, puesto que no debía haber aprobado en 2009 todos sus planes hidrológicos y, entre ellos, el del Ebro.

En opinión de los demandantes, la acreditación de que el Estado incumple con Biscarrués la citada directiva es especialmente relevante no solo porque es ejemplarizante sino porque sienta un precedente y puede afectar a otros proyectos en curso. Es el caso, por ejemplo, de los planes para construir los embalses de Almudevar y Valcuerna, que son mencionados en la sentencia.

La única manera de “esquivar” el mandato de la directiva es su artículo 4.7, que permite acometer, de forma excepcional, proyectos que alteren las masas de agua. Para ello, es preciso cumplir estricticas condiciones que, en el caso de Biscarrués, no se dan, según la Audiencia Nacional.

En concreto, el tribunal cita que la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) –trámite imprescindible en estos casos-, no contiene todos los estudios y evaluaciones necesarios para ello. El fallo es claro en este punto: estos estudios deben presentarse antes de iniciar las obras, y no después, tal y como se pretendía. De lo contrario, la DIA carecería de toda utilidad. Y, además, señala que los argumentos no pueden formularse en abstracto: el proyecto de Biscarrués aludía a un “interés público superior”  que no estaba soportado por un análisis detallado y específico.  Este interés, por tanto, no está acreditado.

La sentencia también señala que no se ha presentado un informe de viabilidad económica, técnica, social y ambiental, y un estudio específico de recuperación de costes. Ambos trámites son obligatorios en aplicación de la Ley de Aguas.

Triunfo de la sociedad civil

Tras esta excelente noticia, que es un triunfo de la sociedad civil aragonesa, tanto SEO/BirdLife, WWF, Greenpeace, Ecologistas en Acción y Amigos de la Tierra como la Coordinadora Biscarrués-Mallos de Riglos, solicitan al Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y a Riegos del Altoaragón, empresa que impulsa el proyecto, que no recurran esta sentencia y que paralicen Biscarrués definitivamente. Todos los colectivos presentarán alegaciones al proyecto, en trámite de información pública, argumentando lo que ya ha probado la Audiencia Nacional.

En opinión de los recurrentes, el Gobierno de España y el Ejecutivo aragonés, a través de la Confederación Hidrográfica del Ebro, han de aprovechar esta oportunidad para trabajar en una política de aguas centrada en proteger, y no en deteriorar, los ríos y ecosistemas acuáticos. Es el camino más acertado para asegurar el futuro de los servicios que nos aportan estos hábitats. En este punto, los colectivos ponen en cuestión el papel y el trabajo de la Confederación Hidrográfica del Ebro, que debería tener a la Directiva de Agua como referente jurídico a la hora de realizar cualquier actuación hídrica en lugar de vulnerarla.

Los pueblos del río Gallego han demostrado que se puede crear economía sostenible basada en el respeto su medio natural y, con este fallo judicial, se abre un camino para quien verdaderamente quiera apostar por un modelo económico sostenible en el tiempo y que respete las normativas europeas.  Es tiempo de que las gentes de la comarca de Galliguera, la zona afectada por el proyecto, consoliden su apuesta por un desarrollo sostenible ligado al río. Trabajar en positivo por esta tierra beneficia a todo Aragón.

Los recurrentes solicitan a los poderes políticos que no se plantee ningún proyecto más en la Galliguera puesto que podría incurrir en una nueva ilegalidad, que no se utilice el poder ejecutivo y legislativo para cambiar las leyes o las características de la presa y saltarse así el fallo judicial, como ya se hizo en el pantano de Mularroya; y que el presupuesto asignado al pantano de Biscarrués sea destinado a la descontaminación del lindano a la altura de Sabiñánigo, algo que beneficiaría a toda la cuenca y a los usuarios del agua del río en Monegros.

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